¿Cuánto cobra un autónomo de baja laboral?

Cuánto cobra un autónomo de baja laboral

En España hay más de 3 millones de personas que están dadas de alta como autónomas. Estos trabajadores representan una pare esencial del tejido productivo del país. Sin embargo, son uno de los más perjudicados. A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, estos tienen ciertas particularidades en materia de protección social, especialmente cuando deben enfrentarse a una baja laboral. 

Hay mucho desconocimiento acerca de todo lo que rodea sobre las bajas en el círculo de los autónomos. Por ello, desde nuestra asesoría laboral en Alicante, queremos resolverlas a través de este artículo donde encontrarás toda la información que necesitas saber sobre las prestaciones económicas de los autónomos cuando están de baja laboral, así cómo el proceso y los tiempos de solicitarla. 

¿Tiene derecho un autónomo a cobrar estando de baja?

Sí, cualquier persona que trabaje como autónomo tiene derecho a recibir una prestación económica por una baja laboral, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la Seguridad Social. 

Requisitos para acceder a la prestación

  • Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

  • Estar al corriente de pago en las cuotas de la Seguridad Social.

  • Haber cotizado al menos 180 días en los últimos 5 años para bajas por enfermedad común.

  • En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, no se exige periodo mínimo de cotización.

Tipos de bajas laborales que puede coger un autónomo

No todas las bajas laborales de los autónomos son iguales. La situaciones de su incapacidad temporal se pueden deberse a diferentes motivos, y cada uno de ellos cuenta con una regulación y cobertura específica. 

Enfermedad común

Un trabajador autónomo puede cogerse una baja laboral si se trata de una dolencia que no guarde relación con su actividad laboral, como la gripe. 

Accidente de trabajo

Se considera accidente de trabajo aquel se produce como consecuencia directa del ejercicio de la actividad profesional del autónomo.

Enfermedad profesional

Una enfermedad profesional es aquella que es contraída a causa del trabajo y recogida en el cuadro de enfermedades profesionales del sistema de Seguridad Social.

¿Cuánto se cobra durante la baja laboral siendo autónomo?

Uno de los aspectos que más preocupa a los autónomos cuando se enfrentan a una incapacidad temporal es saber cuánto dinero recibirán mientras no pueden trabajar. El importe de la prestación no es fijo, sino que depende de la base de cotización elegida y del origen de la baja.

Porcentaje de la base reguladora según el tipo de baja

  • Enfermedad común o accidente no laboral:

    • Del día 4 al 20: 60% de la base reguladora.

    • A partir del día 21: 75% de la base reguladora.

  • Accidente de trabajo o enfermedad profesional:

    • Desde el día siguiente a la baja: 75% de la base reguladora.

Días de carencia y desde cuándo se cobra

  • Los 3 primeros días de baja por contingencias comunes no se cobran.

  • Desde el día 4 al 20, se percibe el 60%.

  • Desde el día 21, se percibe el 75%.

  • En contingencias profesionales, el derecho nace desde el día siguiente a la baja.

Diferencia entre baja por contingencias comunes y profesionales

En las comunes, el trabajador asume los 3 primeros días sin prestación y se cobra menos al inicio. En las profesionales, la cobertura es mayor y comienza desde el día siguiente.

Ejemplos prácticos de cuánto se cobra según la base de cotización

Ahora vamos a ver algunos ejemplos prácticos que hemos ido viendo con los años a través de nuestro servicio de mediación en Alicante

Base mínima: importe diario aproximado

Con la base mínima de 2024 (960,60 €), el autónomo cobraría unos 19,20 € diarios del día 4 al 20, y 24 € diarios a partir del día 21.

Base media y máxima: diferencias en la prestación

Un autónomo que cotice sobre 1.500 € recibirá unos 30 € diarios al inicio de la baja, y 37,50 € diarios después del día 21. En la base máxima (4.720,50 €), el importe puede superar los 118 € diarios.

Casos con mutua colaboradora

Si la baja deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la mutua colaboradora asume el pago desde el día siguiente a la baja, lo que asegura una cobertura más inmediata.

¿Quién paga la baja y cómo se solicita?

Si estás en un proceso de solicitar una baja laboral, y eres autónomo, aquí tienes información importante que debes saber antes de llevar a cabo el trámite. 

Rol de la mutua o el INSS

Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social son las responsables de gestionar y abonar la prestación en la mayoría de los casos. Si no hay mutua, corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Documentación y plazos para solicitarla

El autónomo debe presentar:

  • Parte médico de baja.

  • Solicitud oficial de prestación.

  • Justificante de pago de cuotas y estar al corriente.
    El trámite debe iniciarse en los 15 días siguientes a la baja.

¿Cómo afecta la baja al pago de la cuota de autónomos?

El autónomo sigue abonando la cuota durante toda la baja, salvo que transcurran 60 días; a partir de entonces, queda exento de pago mientras dure la incapacidad.

¿Cómo ayudamos a los autónomos desde Adora cuando están de baja laboral?

En Adora llevamos más de 15 años ayudando a las personas autónomas a solicitar sus bajas laborales. Asesoramos en todas las fases del proceso: desde la tramitación inicial de la baja hasta la gestión de la documentación con la mutua o el INSS.

Nuestro objetivo es que, durante la baja, el profesional pueda centrarse en su recuperación con la tranquilidad de que su cobertura económica está bien gestionada.