¿Cómo hacer y presentar una declaración complementaria?

presentar una declaración complementaria

Cada año, millones de españoles y españolas deben presentar su declaración tributaria. Sin embargo, miles de ellos la presentan con errores u omisiones. Según la propia Agencia Tributaria, en 2023 más de 1,2 millones de autoliquidaciones de IRPF se rectificaron o corrigieron de alguna manera, bien por iniciativa del propio contribuyente o tras requerimiento de Hacienda.

En nuestra asesoría, además de acompañar a empresas y particulares en sus obligaciones tributarias, también ofrecemos soluciones legales como el servicio de mediación en Alicante, porque entendemos que los conflictos, ya sean con Hacienda o en otros ámbitos, requieren un enfoque ágil y profesional. La importancia de realizar la declaración complementaria correctamente es fundamental, ya que evita sanciones más graves y demuestra voluntad de cumplimiento tributario. De hecho, datos de la AEAT indican que cerca del 70% de las regularizaciones voluntarias se presentan sin sanción, únicamente con un recargo reducido por presentación extemporánea.

¿Qué es una declaración complementaria?

Una declaración complementaria es una autoliquidación que el contribuyente presenta para añadir datos o corregir errores de una declaración ya presentada, normalmente cuando el resultado implica ingresar más dinero a Hacienda.

Diferencia con declaración sustitutiva y rectificativa

  • Complementaria: corrige omisiones o errores que implican pagar más.

  • Sustitutiva: reemplaza completamente la anterior declaración presentada.

  • Rectificativa: se solicita cuando la corrección supone devolver dinero al contribuyente, no ingresarlo.

¿Cuándo es obligatorio presentarla a Hacienda?

La presentación de una declaración complementaria es obligatoria cuando se detectan circunstancias que reducen indebidamente el importe a ingresar o aumentan la devolución, siempre en perjuicio de la Administración Tributaria.

Errores

  • Haber aplicado mal un tipo impositivo en el IVA y declarar menos cuota de la que correspondía.

  • Confundir cifras en el IRPF (por ejemplo, consignar 12.000 € de salario en vez de 21.000 €).

  • Duplicar una deducción por vivienda habitual al trasladar datos de un año a otro.

Omisiones

  • No incluir rendimientos por alquiler de una vivienda recibidos durante el ejercicio.

  • Olvidar declarar dividendos de acciones recibidos de una entidad bancaria.

  • No reflejar la venta de un inmueble o un fondo de inversión.

Ingresos no declarados

  • Ingresos de una actividad económica (autónomos) facturados pero no incluidos en el modelo 130 o en la declaración anual.

  • Intereses de cuentas bancarias en el extranjero que no se reflejaron en el IRPF.

  • Premios de lotería o concursos sujetos a tributación que se omitieron.

Regularizaciones posteriores

  • Hacienda detecta que se aplicó una deducción por familia numerosa sin cumplir todos los requisitos.

  • La Agencia Tributaria notifica que una devolución del IVA fue indebida por incluir gastos no deducibles.

  • Corrección de deducciones por donativos aplicadas con importes superiores a los justificados en certificados.

Plazos para presentar una declaración complementaria

La presentación de una declaración complementaria está sujeta a los plazos de prescripción que marca la normativa tributaria. En general, Hacienda dispone de 4 años para comprobar, liquidar y exigir deudas; este mismo plazo es el que tiene el contribuyente para presentar una complementaria y corregir errores en perjuicio de la Administración.

Antes de que actúe la Agencia Tributaria

Siempre resulta más ventajoso presentarla de manera voluntaria antes de que la Agencia Tributaria inicie un procedimiento de comprobación o inspección.

  • Si el contribuyente actúa de forma espontánea, se aplican recargos reducidos por ingreso fuera de plazo, que van desde el 1% más un 1% adicional por cada mes de retraso (hasta los 12 meses) y un recargo fijo del 15% si han pasado más de 12 meses.

  • Estos recargos sustituyen a posibles sanciones, lo que significa un ahorro importante para el contribuyente.

  • Ejemplo: si se olvidó declarar un ingreso en el IRPF de 2023 y lo corrige en septiembre de 2024 (cinco meses después del plazo ordinario), abonará la diferencia más un recargo del 6%, pero no recibirá multa.

En función del tipo de impuesto: IRPF, IVA, Sociedades

Cada impuesto tiene su propio calendario de presentación, pero el plazo general de prescripción es de 4 años desde la finalización del plazo voluntario:

  • IRPF: el plazo empieza a contar desde el 30 de junio del año siguiente al ejercicio declarado.

    • Ejemplo: la declaración de 2023 se presentó en junio de 2024; el contribuyente puede presentar una complementaria hasta el 30 de junio de 2028.

  • IVA: se liquida trimestral o mensualmente. Cada autoliquidación prescribe a los 4 años desde el último día de presentación.

    • Ejemplo: el 1T de 2024 se presenta hasta el 22 de abril de 2024, por lo que la complementaria puede hacerse hasta el 22 de abril de 2028.

  • Impuesto sobre Sociedades: el plazo también es de 4 años desde la finalización del periodo voluntario de presentación.

    • Ejemplo: una empresa cuyo ejercicio termina el 31 de diciembre de 2023 debía declarar hasta el 25 de julio de 2024; podrá corregir con complementaria hasta el 25 de julio de 2028.

¿Cómo afecta a recargos o sanciones?

  • Dentro de los 3 meses siguientes: recargo del 1% más otro 1% adicional por cada mes completo de retraso.

  • A partir de los 12 meses: recargo fijo del 15%.

  • Si hay requerimiento de Hacienda: además de los intereses, se puede imponer una sanción que oscila entre el 50% y el 150% de la deuda.

Pasos para hacer una declaración complementaria

Para poder hacer una declaración complementaria, tienes que seguir los siguientes pasos:

Acceso desde la Sede Electrónica de la AEAT

Entrar en la web oficial con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico.

Selección del ejercicio y modelo a corregir

Elegir el modelo (100 para IRPF, 303 para IVA, 200 para Sociedades, etc.) y el ejercicio fiscal correspondiente.

Justificación del motivo de la corrección

En el momento que se presenta la declaración complementaria, se tiene que indicar de forma clara el motivo por la cual se presenta, aportando la documentación en el caso de ser necesario. 

Consecuencias de presentar una declaración complementaria

Presentar una declaración complementaria puede tener diferentes efectos económicos en función de si se hace de forma voluntaria o tras un requerimiento de la Agencia Tributaria.

Recargo por declaración extemporánea sin requerimiento previo

Cuando el contribuyente presenta la complementaria antes de que Hacienda actúe, no hay sanciones, únicamente un recargo reducido por ingreso fuera de plazo:

  • Hasta 12 meses: 1% fijo más un 1% adicional por cada mes completo de retraso.

  • Más de 12 meses: recargo único del 15%, con posibilidad de reducción del 25% si se paga en plazo.

  • Ejemplo: si se olvidó declarar 2.000 € de rendimientos de un alquiler en el IRPF y corrige 6 meses después, el recargo será del 6% (120 €) sin sanción.

Posibles sanciones si hay requerimiento

Si la Agencia Tributaria ya ha iniciado un procedimiento de comprobación o inspección, además de la deuda y los intereses, se aplican sanciones económicas. Estas sanciones oscilan entre el 50% y el 150% de la cantidad no ingresada, según la gravedad y la existencia de ocultación.

  • Ejemplo: si en una inspección se descubre que una empresa omitió 10.000 € de ingresos en el Impuesto sobre Sociedades, Hacienda exigirá el pago de la deuda más intereses, y podrá imponer una sanción de entre 5.000 € y 15.000 € adicionales.

Regularización de devoluciones indebidas

Cuando el contribuyente ha recibido una devolución mayor a la que le correspondía, está obligado a devolver el exceso, junto con los intereses y recargos o sanciones según el caso:

  • Ejemplo: un autónomo presenta un IVA trimestral con una devolución solicitada de 3.000 €, pero al presentar la complementaria se corrige a 2.200 €. Deberá devolver los 800 € cobrados de más, más los recargos que procedan si lo hace fuera de plazo.

¿Necesitas ayuda con tu declaración complementaria?

Presentar una declaración complementaria de forma correcta puede marcar la diferencia entre un simple recargo reducido o enfrentarse a sanciones mucho más costosas. En nuestra asesoría fiscal en Alicante te ayudamos a detectar errores, calcular la cuota pendiente y gestionar el proceso telemático con Hacienda, asegurando que regularizas tu situación con el menor impacto posible.